→ Aprueban el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, Resolución 0325-2019-JNE
• El Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, consta de 134 artículos, 4 disposiciones finales y 13 anexos
Competencia de Servicios al Ciudadano / SC
En la Norma Legal, se establece que SC es la encargada de proporcionar el Formulario correspondiente a la organización política y realizar la reserva de la denominación que se genera desde la compra del Formulario.
Las organizaciones políticas tendrán un plazo de un (1) año, a partir de la adquisición del Formulario, para presentar su solicitud de inscripción de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento.
Gestión Vegetal {papel}
No existe una sola mención al entorno DIGITAL. La Modernización del Estado, la Política Nacional CERO PAPEL o similares, están desvinculadas del Reglamento del Registro de Organizaciones Política.
El Reglamento está pensado para una Gestión en Papel: Muchas Ventanillas, con muchas personas que sellan y se la pasan a la otra ventanilla. El NEGOCIO de la impresoras, tinta / toner, engrapadoras, clips, post-it,…
Funcionarios que no digieren aquello denominado CERO PAPEL.
Funcionarios que NO usan la Plataforma de Interoperabilidad DIGITAL del Estado / PIDE.
No se han enterado que RENIEC, desde hace 4 años, dispone de una PASARELA al Estado Peruano, con IDENTIFICACIÓN BIOMÉRTICA y certificación digital internacional.
¿Cómo funciona? Ingresan a Reniec, utilizan el diagnóstico Biométrico, certifican la autenticidad del ciudadano y… lo derivan a la Entidad / Organismo correspondiente, para la gestión documentaria DIGITAL a que hubiera lugar: Interoperabilidad del Estado.
Notificación por Correo {«gran» avance}
En el artículo 11, se indica que la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas / DNROP proporcionará una Casilla Electrónica proporcionada por el JNE {Drop BOX} àra la Gestión Documentaria. Adicionalmente, le crearán una cuenta de correo institucional, para la comunicación bilateral.
URGE un Decreto de URGENCIA
Consideramos pertinente la solicitud de un Decreto de Urgencia para que TODAS las entidades del Estado usen la Plataforma PIDE.
El Servicio al Ciudadano / ROP / JNE, debería ser TOTALMENTE Digital. En en respectivo Portal, debería mostrarse:
♦ ¿Quiénes han solicitado un Registro?
♦ Estado del Trámite Documentario
♦ Listado de Organizaciones con Registro Vigente
♦ Sedes territoriales / Responsables
♦ Padrón de Afiliados
♦ Opción para DESAFILIARSE {OnLine}
URGE el Decreto de URGENCIA. Los Registros de OROP tienen padrones que no se validan, certifican. Muchos muertos gozan de «buena salud» y… la «Base Social» partidaria consignada, es SUPLANTACION, delito penal que sigue pasando desapercibido.
Señora Ana Teresa Revilla Vergara / Ministra de Justicia y Derechos Humanos, Señor Vicente Zeballos Salinas / Presidente del Consejo de Ministros, Señor Martín Vizcarra Cornejo / presidente constitucional de la República, URGE un Decreto de URGENCIA para que TODAS las entidades del Estado usen la Plataforma PIDE.
Se lo pedimos señor.
— José Fuertes Ortega
ver / descargar Reglamento > DOP / Diario Oficial El Peruano »
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