» Más de 300 parejas inscribieron su convivencia en lo que va del año
• Durante el primer mes del presente año, 300 parejas de todo el país inscribieron su unión de hecho o convivencia en el Registro Personal de la Sunarp. La zona registral de Lima encabezó el listado con 85 uniones de hecho inscritas, seguida de las zonas registrales de Arequipa (34), Trujillo (33), Huancayo (27), Tacna (23), Piura (15), Cusco (14), Chiclayo (13), Ica, (11), Moyobamba (11), Iquitos (10), Huaraz (10), Ayacucho (8) y Pucallpa (6).
¿Qué es la unión de hecho?
¿Cómo registrar una unión de hecho?
- Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.
- Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
- Certificado domiciliario de los solicitantes (el domicilio debe ser el mismo para ambos convivientes).
- Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el registro de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.
- Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
- Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.
Posteriormente, el notario público realizará la publicación de un extracto de la solicitud. Transcurridos 15 días útiles, de no presentarse oposición, se extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes, la cual se remitirá al Registro Personal de la Sunarp del lugar donde estos domicilian.
El costo de inscripción de una unión de hecho en la Sunarp es de S/ 22.00 y el plazo de inscripción son 7 días. Los gastos notariales varían de acuerdo a la notaría elegida.
Por vía judicial
También se puede solicitar la inscripción de reconocimiento de la unión de hecho a través de la vía judicial. Para efectos de la inscripción, se deberá presentar el parte judicial que contiene el oficio del juez, adjuntando las copias de la sentencia, certificadas por un auxiliar jurisdiccional, así como la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia. En ambos casos, deberá indicarse el número de DNI de los convivientes.
Fuente: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp)
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