Abren la ventanilla de la Mesa de Partes DIGITAL del Estado @reniecdigital


→ Un paso más hacia la modernización del Estado
Al comenzar el año, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) ha empezado a intercambiar documentos electrónicos con otras entidades públicas a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE). Lo que diferencia este intercambio del realizado mediante otras modalidades es que los documentos tienen plena validez jurídica pues son firmados digitalmente utilizando certificados digitales, tanto para su emisión como para su recepción en la Mesa de Partes Digital. De esta manera, es posible reemplazar expedientes impresos por virtuales, disminuyendo el empleo de tiempo, papel y otros recursos.

El RENIEC emite certificados digitales y los proporciona gratuitamente a entidades públicas. Para interoperar, los organismos públicos requieren estos certificados y, además, implementar el Modelo de Gestión Documental del Estado Peruano, que combina herramientas informáticas y buenas prácticas orientadas a agilizar el flujo de documentos internos y externos en los organismos de la administración pública.

De acuerdo a la legislación vigente, al finalizar el año 2019 todas las entidades del Poder Ejecutivo deben contar con sistemas electrónicos de trámite documentario que permitan un manejo digital de su documentación. El intercambio entre dichas entidades debe realizarse a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado Peruano (PIDE), que es administrada por la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Hasta el momento, 17 entidades públicas ya están interconectadas y otras están adecuando sus procedimientos para lograr la interoperabilidad, mecanismo importante para avanzar hacia la modernización del Estado peruano.

Marco legal

→ Las entidades del Poder Ejecutivo deben adecuar sus sistemas de trámite documentario o equivalentes para el envío automático de documentos electrónicos con otras entidades, así como dentro de sus áreas, órganos y unidades, hasta el 31 de diciembre del 2019. Esta disposición está contenida en el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1310 y prorrogada en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30880.

→ La firma digital generada dentro de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE) tiene la misma validez y eficacia jurídica que una firma manuscrita y, por esa razón, los documentos electrónicos firmados digitalmente deben ser admitidos como prueba en los procesos judiciales y/o procedimientos administrativos. Así lo establecen la Ley de Firmas y Certificados Digitales, N° 27269, y su reglamento.

→ Los certificados digitales permiten identificarse en ambientes virtuales y contar con firma digital. El RENIEC cuenta con una planta de producción y administración de certificados digitales y desde el año 2012 los entrega gratuitamente a las entidades del sector público. Lo seguirá haciendo a lo largo del año 2019, de acuerdo a la » Resolución Jefatural N° 000156-2018/JNAC/RENIEC, publicada en el diario El Peruano el 28 de diciembre del año pasado.

— María Sala